Uruguay: vittoria sociale nella lotta per l'acqua
Uruguay: Victoria en la lucha social por el agua
A través de los mecanismos de democracia directa, organizaciones sociales nucleadas en la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida, respaldadas por el 64,6% de la ciudadanía, lograron incluir en la constitución de Uruguay la consideración del agua como un derecho humano fundamental, sentando las bases para que la gestión de los recursos hídricos sea pública y esté basada en criterios de participación social y sustentabilidad. Además de modificar sustancialmente la situación en Uruguay, este hecho marca un importante precedente internacional, por tratarse de una de las primeras experiencias de incluir un derecho ambiental en la constitución de un país a través de la democracia directa.
El pasado 31 de octubre, junto a las elecciones nacionales, el pueblo uruguayo respaldó una iniciativa de la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida (CNDAV) que modificó la constitución. La reforma obtuvo el respaldo de un 64,6% de los votos emitidos en esa oportunidad.
Esta modificación estableció que "El agua es un recurso natural esencial para la vida. El acceso al agua potable y el acceso al saneamiento, constituyen derechos humanos fundamentales".
La Reforma Constitucional del Artículo 47 de la Constitución (en la sección "Derechos, deberes y garantías") establece además que los criterios de gestión de los recursos hídricos (que deberá ser pública) deberán estar basados en la participación ciudadana y la sustentabilidad.
El mecanismo de democracia directa fue puesto en marcha por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida (CNDAV). Esta comisión se conformó en el año 2002 como respuesta a la firma de la Carta de Intención entre el gobierno uruguayo y el Fondo Monetario Internacional en la que se comprometía la extensión de la privatización de los servicios de agua potable y saneamiento a todo el país.
Esta privatización comenzó en el departamento de Maldonado, con la presencia de la multinacional francesa Suez Lyonnese Des Aux en primer lugar, y luego continuó con la española Aguas de Bilbao.
Al igual que en la mayoría de los casos de privatización de agua registrados en el último año a lo largo del planeta, estas privatizaciones tuvieron consecuencias negativas.
Desde el punto de vista social, se excluyó a amplios sectores del acceso al agua potable por no poder cubrir el costo de la conexión al servicio. Servicio que por otra parte se degradó considerablemente en su calidad, con respecto al que prestaba la empresa estatal. Tanto, que los organismos de contralor recomendaron que el agua no se consumiera directamente ya que no presentaba condiciones de potabilidad.
Desde el punto de vista económico, el "negocio" fue pésimo para el Estado uruguayo. No sólo las empresas no cumplieron con los cronogramas de obras previstos en los contratos, sino que no hicieron efectivo el pago de los cánones previstos, acudiendo a una serie de reconsideraciones contractuales con el Estado, que asumió las pérdidas ocasionadas en cada caso.
Desde el punto de vista ambiental, la empresa Aguas de la Costa (subsidiaria de Suez) fue responsable de la desecación de la Laguna Blanca, la que utilizaba como fuente para la potabilización. Precisamente por esta causa, los vecinos del departamento de Maldonado han iniciado un juicio por daño ambiental a la empresa.
Resistiendo a la privatización
Las reacciones a la privatización del agua fueron diferentes de acuerdo a las particularidades de cada uno de los lugares donde se ha aplicado la privatización en Uruguay.
Mientras los reclamos de la zona balnearia estuvieron centrados en la calidad del agua y el precio de los servicios ("Agua Si, robo, No" es el lema de la Liga de Fomento de Manantiales, una de las organizaciones de vecinos de la zona) en las zonas carenciadas de Maldonado la acción de las organizaciones barriales ha centrado su lucha en la defensa de las "canillas populares" (postes surtidores).
Estas canillas fueron instaladas en diferentes zonas del país por la administración pública, para asegurar el abastecimiento de agua potable a las poblaciones que no tienen acceso al servicio. El costo de esta prestación así como su instalación corre por cuenta de la OSE (Obras Sanitarias del Estado, la empresa estatal encargada de la gestión del agua potable y el saneamiento).
En las dos zonas concesionadas de Maldonado, las empresas privadas tomaron como una de sus primeras acciones la eliminación de estas canillas populares, como estrategia de presión para lograr ampliar el número de conexiones a la red.
En el caso de la zona de Manantiales, a pesar de que la empresa logró retirar las canillas populares, los sectores de menos recursos continuaron fuera de la red de agua potable, debido al alto costo de conexión exigido por la concesionaria.
Las soluciones de los habitantes de la zona han respondido a las diferencias socioeconómicas: mientras algunos han excavado sus propios pozos semisurgentes (con cierto grado de inseguridad, ya que existe un vacío legal en cuanto al autoabastecimiento de agua en zonas en donde se haya concesionado a terceros el abastecimiento de agua) otros han optado por desarrollar sistema de recolección de aguas pluviales como único medio de abastecimiento.
Esta última estrategia ha sido la adoptada por un grupo de familias que ocupan terrenos ubicados a pocos metros de la zona turístico-residencial.
Estas opciones han sido válidas por las características naturales del entorno, que permite este tipo de estrategias (ya que los predios cuentan con espacio suficiente para realización de pozos o para instalar estos drenajes pluviales).
Las reacciones en la ciudad de Maldonado fueron diferentes. Si bien la concesionaria privada comenzó con la eliminación de las canillas populares en muchas de las zonas carenciadas, en algunas de ellas se le presentaron fuertes resistencias.
Una de ellas fue la del Barrio San Antonio III. Allí en el momento de pasaje del servicio privado al público, la empresa anunció la eliminación de la canilla, y tuvo suspendido su funcionamiento por un día. Pero la comisión barrial de San Antonio, con cerca de diez años de trabajo comunitario, logró que las autoridades locales intercedieran ante el concesionario por el mantenimiento de la canilla que abastece al barrio, aún cuando el costo del servicio corre por cuenta de la propia municipalidad.
Hacia una visión social del agua
El trabajo de la CNDAV partió de una visión del agua opuesta a la visión que promueven las multinacionales. Enfrentada a la visión mercantilista del agua, la Reforma Constitucional promueve la consideración del agua como un bien común y su acceso como un derecho humano.
El sistema electoral uruguayo prevé que una reforma constitucional de iniciativa ciudadana deba contar con el apoyo del 10% del electorado para ser elevada luego a la consideración de toda la ciudadanía, en conjunto con las elecciones nacionales (legislativas y presidenciales).
En Uruguay, los plebiscitos han sido el mecanismo tradicional de los movimientos populares para resistir primero al autoritarismo de la dictadura militar y luego a las "reformas" privatizadoras de los gobiernos neoliberales.
En octubre de 2003, un año después de conformada, la CNDAV presentó ante el Parlamento las 283 mil firmas necesarias para la realización del plebiscito de reforma constitucional, poniendo en marcha el mecanismo de plebiscito que se realizó un año después junto a las elecciones nacionales.
El agua contra todo
La victoria del plebiscito del agua el pasado 31 de octubre fue una verdadera victoria social. La CNDAV constituye un amplio abanico de organizaciones sociales y políticas enfrentadas a la concepción mercantilista del agua.
Entre sus fundadores se cuentan organizaciones como la Comisión de Defensa del Agua y Saneamiento de Costa de Oro y Pando, FFOSE (el sindicato de trabajadores de OSE, Obras Sanitarias del Estado, empresa estatal encargada de los servicios de agua y saneamiento), REDES-AT (Red de Ecología Social, Amigos de la Tierra, Uruguay) y el Programa Uruguay Sustentable. Luego de conformada se amplió, incluyendo a la coalición de izquierda (el Frente Amplio, ganador de las elecciones realizadas el mismo 31 de octubre) y a uno de los sectores mayoritarios del Partido Nacional.
Sin embargo, a pesar de este respaldo político, el tema del plebiscito por el agua fue secundario en la agenda política y mediática. A esto se agregó que tanto las empresas privatizadoras, como las empresas de agua de otros sectores (por ejemplo, las embotelladoras) así como sectores empresariales conservadores (latifundistas, forestales, arroceros) realizaron un fuerte lobby político y mediático contra la reforma.
En los meses previos a la campaña, el Fondo Monetario Internacional (FMI) polemizó públicamente con la CNDAV, negando que "impusiera" condiciones al gobierno uruguayo y rechazando la responsabilidad atribuida por la CNDAV al contenido de la Carta Intención de 2002.
Los intereses de las multinacionales de agua instaladas en el país están afectados además por la disposición especial (Z'') establecida en el texto de la reforma según la cual "La reparación que correspondiere, por la entrada en vigencia de ésta reforma, no generará indemnización por lucro cesante, reembolsándose únicamente las inversiones no amortizadas".
Esto elimina la posibilidad de que las empresas recurran al mecanismo de apelación a Tribunales Arbitrales internacionales (generalmente en la órbita de la OMC, Organización Mundial del Comercio), demandando a los países por el "lucro cesante" afectado.
El trabajo que permitió el triunfo de la propuesta de Reforma Constitucional estuvo basado en un trabajo social de base, que logro transmitir el espíritu y el contenido del articulado.
El auspicioso resultado del plebiscito abre las puertas para la elaboración de una política de aguas que parta de una visión de este recurso como bien común, y lo gestione públicamente, en base a criterios de participación social y sustentabilidad.
Al mismo tiempo, la reforma implica un antecedente internacional – hasta ahora inédito– en la defensa del agua a través de una norma constitucional, asegurando además la consideración de los recursos hídricos como un derecho humano fundamental, su gestión pública y participativa, desde la perspectiva de la sustentabilidad.
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